El centro adjudicará el punto complementario en cualquiera de estos casos:

  1. Que cualquier miembro de la unidad familiar tenga condición de antiguo alumnos del centro o de cualquier centro de la Fundación.
  2. Que el alumno solicitante sea familiar de trabajadores o extrabajadores del centro, hasta tercer grado de consanguinidad.
  3. Que el alumno solicitante sea familiar de alumnos del centro, hasta cuarto grado de consanguinidad.
  4. Que nuestro centro sea elegido como primera opción.